
TIERRAS, GANADO Y SUCRES

jesuitas, 1785
Informe fiscal fechado en Quito el 2 de mayo de 1785, con una continuación o resolución complementaria del 21 de mayo del mismo año. Su contenido gira en torno a un conflicto entre Baltasar Carrión, Tomás de Luna y miembros de la familia Valdiviezo, relacionado con la venta de propiedades rurales, los linderos de las haciendas, el ganado, una obra pía y las acusaciones contra Pedro Xavier de Valdiviezo. Se trata de un expediente vinculado con la administración y disposición de bienes de las temporalidades de los jesuitas, aunque sería necesario revisar el expediente completo para confirmar el origen jurídico de cada propiedad.
Las propiedades, los linderos y las obligaciones económicas
El fiscal examina varias reclamaciones de Baltasar Carrión.
- Conflicto por los linderos: se acusa a Tomás de Luna de haberse introducido en una fracción de terreno de las propiedades rematadas. Después de revisar los linderos, se habría restituido esa fracción a Baltasar Carrión.
- Daños materiales: se mencionan aprovechamientos de madera y otros daños que el fiscal considera de escasa importancia y que, aparentemente, ya habían sido corregidos.
- Obligación de pagar réditos: el asunto principal se refiere a ocho pesos vinculados a una obra pía establecida sobre la hacienda o propiedad denominada «El Anillo».
- Donación de Miguel Valdiviezo: la obligación estaba asociada a una donación destinada a que los jesuitas enseñaran primeras letras y se celebrara la fiesta de San Francisco Javier.
- Entrega del ganado: se discute desde qué momento debían comenzar a pagarse los réditos: desde la entrega inicial de las propiedades o desde la entrega de la última cabeza de ganado cimarrón. El problema económico consiste en determinar cuándo Baltasar Carrión comenzó a disfrutar efectivamente de los bienes adquiridos y, por tanto, cuándo debía asumir las obligaciones correspondientes.
El ganado, las demasías y el esclavo enfermo
El fiscal continúa el análisis y propone varias medidas.
Primera: el pago de los réditos. Considera que Carrión debe pagarlos desde que recibió la parte principal de los bienes, sin que la demora en entregar el ganado cimarrón lo exima de esa obligación.
Segunda: el ganado adicional. Se plantea que Carrión pueda adquirir el ganado que exceda del inventario original de las propiedades, pagando su precio justo. Se propone una solución semejante para Vicente Valdiviezo respecto de los excedentes existentes en El Anillo.
El término demasías parece referirse aquí a bienes o cantidades que excedían lo inicialmente inventariado o tasado para la venta.
Tercera: el esclavo Firmin. El fiscal propone averiguar si el hombre esclavizado, llamado Firmin, ya presentaba las lesiones mencionadas cuando fue entregado. Si se confirma, su precio debería reducirse en proporción a la disminución de su utilidad.
Este pasaje constituye un testimonio de la esclavitud en el ámbito económico y jurídico colonial: la condición física de Firmin se evalúa en relación con su valoración monetaria como propiedad.
Al final del folio comienza otro asunto: el fiscal examina afirmaciones realizadas por Baltasar Carrión en un escrito de 1760, que considera perjudiciales para el honor de Pedro Xavier de Valdiviezo.
Las acusaciones contra Pedro Xavier de Valdiviezo
Se concentra en la defensa de la reputación de Pedro Xavier de Valdiviezo. Carrión habría sostenido que Valdiviezo favorecía a Tomás de Luna en perjuicio de sus propios intereses o de los de Carrión. El fiscal considera que las declaraciones de los testigos no prueban suficientemente esas acusaciones. También examina la utilización de ganado para alimentar a los trabajadores u operarios. Según el razonamiento fiscal, las reses sacrificadas podrían proceder de ganado adquirido por Vicente Valdiviezo o de excedentes de ganado cimarrón, por lo que su consumo no demostraría necesariamente una actuación indebida de Pedro Xavier. La conclusión es importante: el fiscal considera que las acusaciones contra Valdiviezo carecen de pruebas suficientes y propone que sean eliminadas del escrito y que Carrión repare las injurias causadas a su honor. No se trata únicamente de resolver una disputa económica. También está en juego la reputación de un funcionario o particular cuya conducta podía quedar desacreditada en documentos judiciales y afectar a su memoria pública.
Conclusión del informe fiscal
El último folio señala que Carrión había presentado otro escrito en el que aparentemente centraba sus reclamaciones en un esclavo lesionado y un caballo, sin insistir en algunas de las acusaciones anteriores sobre la introducción en terrenos y el ganado. El fiscal considera que el asunto tiene escasa entidad material y que no existe un perjuicio sustancial para Baltasar Carrión ni para las temporalidades.
La anotación final está fechada en Quito el 21 de mayo de 1785 y aparece acompañada de una rúbrica atribuida a «Merchante».
¿Cuál es el verdadero problema del expediente?
El conflicto puede entenderse mediante cuatro cuestiones relacionadas entre sí. 1. La propiedad territorial. La delimitación de los terrenos vendidos y la supuesta ocupación de una fracción por Tomás de Luna. 2. Las obligaciones económicas. El pago de ocho pesos de réditos asociados a una obra pía y la fecha desde la cual debía cumplirse esa obligación. 3. Los bienes y su valoración. El ganado excedente, las condiciones de entrega de los bienes y la reducción propuesta en el precio de Firmin por sus lesiones. 4. El honor y la responsabilidad. La insuficiencia de pruebas contra Pedro Xavier de Valdiviezo y la propuesta fiscal de rectificar las acusaciones.
AMALIA EGUIGUREN ESCUDERO, ESPOSA DE DANIEL ÁLVAREZ BURNEO, VEINTE AÑOS MÁS TARDE, 1889
Guayaquil, 24 de febrero de 1899
Una comunicación formal suscrita por E. M. Romero y C. A. Aguirre S., autoridades del Banco del Ecuador, notifica la resolución tras la solicitud presentada por doña Amalia Escudero el día 11 del mismo mes. El escrito expone los pormenores del cobro de una letra perteneciente al Banco de Crédito Hipotecario por la suma nominal de 272 sucres. Tras procesar la liquidación correspondiente, la institución bancaria estableció un crédito neto de 259,50 sucres a favor de la demandante, monto que fue debidamente asentado en el comprobante. Estos fondos se destinaron nuevamente a inversión dentro del mismo Banco del Ecuador, emitiéndose un certificado de depósito a plazo fijo por un periodo de siete meses, bajo el registro número 2961, el cual fue enviado a la ciudad de Loja a través de correo certificado.
Respecto a la petición de auxilio para proteger sus participaciones accionarias en el citado Banco de Crédito Hipotecario, la directiva optó por no involucrarse en la disputa. Los administradores indicaron su limitación legal para mediar, ya fuera a título corporativo o particular, absteniéndose incluso de sugerir apoderados externos para la defensa jurídica. Los ejecutivos recalcaron que la complejidad del escenario demandaba un sigilo total, definiendo el trámite como un asunto de extrema sensibilidad que exigía cautela y reserva absoluta de parte de cada uno de los actores involucrados en el movimiento financiero.
"el retrato completo de una hacienda lojana, congelada en el tiempo" 1901

Loja, 8 de marzo de 1901
Dos hombres se sientan ante un escribano: Manuel María Eguiguren, soltero, y David Farres, casado. Lo que están a punto de firmar no es un simple papel de arriendo. Es el retrato completo de una hacienda lojana, congelada en el tiempo.
Eguiguren entrega en arrendamiento su estancia "Concepción", en la parroquia de San Juan del Valle. Seis años forzosos, dice el contrato. Quinientos sucres anuales los dos primeros años, seiscientos los siguientes cuatro. Farres podrá sembrar, cosechar, explotar los bosques, criar ganado.
Y ahí aparecen los linderos, que son casi un mapa familiar: al norte, la estancia "Zalapa" de Virginia Eguiguren; al occidente, "Tenería", de Josefina Eguiguren.
Pero lo más fascinante viene después: el inventario. Veinticuatro vacas madres. Siete yeguas. Catorce cuyes. Piedras de moler, hachas, una chacana. Una casa de adobe y teja con tres piezas. Es el inventario de una vida entera, transcrito con precisión notarial.
Farres, para garantizar los pagos, hipoteca su propia casa en Loja, en la esquina de Olmedo y Veinticuatro de Mayo. Todo queda sellado por el Colector Fiscal Justo Carrión, e inscrito por Rubén Bustamante en abril de ese mismo año.

Anuncio del día 13 de octubre de 1929